1. Iniciokeyboard_arrow_right
  2. En los medioskeyboard_arrow_right
  3. Exención de contribuciones de vivienda principal pasa a comisión mixta: mala noticia

Exención de contribuciones de vivienda principal pasa a comisión mixta: mala noticia

20 de octubre del 2023


Exención de contribuciones de vivienda principal pasa a comisión mixta: mala noticia

El Consejo Constitucional incluyó un artículo en el borrador de nueva constitución que eximiría del pago del impuesto territorial (contribuciones) a la vivienda principal, por considerar que dicho impuesto atenta contra el derecho a la vivienda. A continuación, el pasado jueves 12 el Comité de Expertos rechazó este artículo. Sin embargo, en la última revisión del borrador por parte del Consejo Constitucional no hubo acuerdo respecto de este rechazo, por lo que el citado artículo deberá ahora verse en la Comisión Mixta. En esta columna explicamos por qué creemos que no debe eximirse de impuesto territorial a la vivienda principal de los contribuyentes.

Los impuestos deben diseñarse tal que generen las mínimas distorsiones posibles, en el sentido de no afectar las decisiones de los agentes económicos cuando buscan evitarlos. Un ejemplo de esto ocurre cuando los agentes arman sociedades de papel, o grandes andamiajes societarios, para “esconder” utilidades o, en el extremo, se mueven a paraísos fiscales o a la informalidad. El impuesto territorial en este sentido es eficiente, pues no genera muchas distorsiones. Esto, porque es difícil esconder los bienes raíces. Aunque existen construcciones no regularizadas, la sobretasa que se paga por los sitios eriazos genera un incentivo importante para regularizarlas (y la Ley del Mono ofrece facilidades para ello).

En segundo lugar, todo tributo debería ser progresivo verticalmente, a la vez que equitativo horizontalmente. Esto significa que quien más tiene y/o gana debe pagar más y quienes ganan/tienen lo mismo deben pagar lo mismo, independiente de la fuente de su ingreso o riqueza. El impuesto territorial cumple en la actualidad con esta característica, porque sólo se paga por la parte del avalúo fiscal que excede de $54 millones y medio (UF 1,500 aprox.). Esto explica por qué en Chile sólo pagan contribuciones un 23% de las propiedades. Además, existe una sobretasa para personas que tienen un patrimonio en bienes raíces “alto”, esto es, propiedades avaluadas en más de 827 Unidades Tributarias Anuales (UTA) o UF 17.300, aproximadamente.

Una preocupación genuina por los adultos mayores, cuyos ingresos disminuyen cuando dejan de trabajar, ha llevado a que muchos apoyen la propuesta de exención de contribuciones para la vivienda principal. Al respecto cabe mencionar que, si el problema de los adultos mayores es su bajo ingreso, este tema debe abordarse con medidas directas, por ejemplo, por la vía de una reforma a las pensiones. Sin embargo y reconociendo que esa solución es una de mayor complejidad, en Chile los adultos mayores pueden optar a un beneficio que rebaja las contribuciones dependiendo de sus ingresos, para evitarles tener que vender la casa donde viven y posiblemente han vivido muchos años. En particular, si los ingresos mensuales del adulto mayor son iguales o inferiores a $ 731 mil, éste tendrá una rebaja del 100% de las contribuciones, y si los ingresos mensuales están entre $731 mil y $ 1 millón 625 mil, se aplicará una rebaja del 50% de las contribuciones.

Se puede discutir si el tramo de avalúo fiscal exento es muy bajo, o si el beneficio para los adultos mayores debe extenderse a un grupo más amplio de ellos, pero no debería eximirse de contribuciones a todas las viviendas principales, pues eso beneficiaría a personas de alto ingreso y/o patrimonio.

 

Autor: Leonardo Hernández

Fuente: Clapes UC

Información

editMedio de publicación

Prensa Escrita

faceTipo de contenido

Columna

styleCategorías

Constitución
imagen de card

Leonardo Hernández

Ing. Comercial y Magister UC. Master en Economía y Ph.D. en Economía Financiera U. de Columbia (EE.UU.). Profesor Asociado Facultad de Economía y Administración UC.

searchVer más de este autor
Clapes UC | Centro Latinoamericano de Políticas Económicas y Sociales
Clapes UC
Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 440, Piso 13. Santiago de Chile
phone +56 (02) 2354 2224