26 de octubre del 2026
El silencio de los inocentes
Para una víctima de abuso sexual, una condena puede ser el primer momento en que el Estado deja de pedirle pruebas de su dolor y reconoce lo que sufrió. Hubo que hablar, revivir los hechos, soportar preguntas, enfrentar al agresor y esperar. A veces por años. Cuando una resolución administrativa anticipa el término de esa condena, el Estado debe explicar mucho más que el procedimiento utilizado. Debe hablar a las víctimas.
Esa es la dimensión humana de las rebajas recientemente concedidas a agresores de niños. Es también la raíz de su conflicto político. Un gobierno que hizo de la seguridad y la protección de la infancia sus principales compromisos debe explicar por qué se concedieron beneficios a condenados por delitos sexuales contra menores.
La Ley contempla reducciones por comportamiento sobresaliente, sujetas a requisitos y exclusiones. La autoridad tiene el deber de reconocer los derechos que correspondan, incluso a quienes han cometido delitos que nos producen horror. Pero ese mismo deber exige verificar rigurosamente los impedimentos legales. La firma ministerial culmina una decisión del Ejecutivo y compromete su responsabilidad.
Aquí aparece un antecedente relevante. Fue Sebastián Piñera quien, en noviembre de 2019, envió al Congreso el proyecto para excluir de estas rebajas a condenados por delitos sexuales contra menores. La iniciativa se convirtió en la Ley N.º 21.421, publicada en febrero de 2022. La voluntad política era clara: reforzar la protección de niños y adolescentes mediante una restricción expresa a estos beneficios.
Se ha invocado la jurisprudencia de la Corte Suprema para defender las concesiones respecto de delitos anteriores a esa reforma. Sin embargo, los antecedentes publicados muestran decisiones contrapuestas. La Suprema también respaldó rechazos, incluso durante este gobierno. Efectivamente, existe una controversia jurídica real sobre la aplicación temporal de la prohibición. Por eso, el Ejecutivo debe explicar por qué adoptó una interpretación favorable y con qué fundamentos resolvió cada solicitud.
Por ello, las aclaraciones señaladas por el Presidente son adecuadas y oportunas: “No hay explicación técnica, ni criterio jurídico, ni procedimiento administrativo que pueda justificar ante una víctima que su agresor salga antes de la cárcel”; y agrega: “Prometimos ser un gobierno que ponía a las víctimas, en primer lugar, y a los delincuentes en su lugar. Hoy, frente a nuestro propio error, ese compromiso se pone a prueba y vamos a estar a la altura, para que nunca más en Chile un niño tenga que sufrir un abuso, una violación”.
El Gobierno tiene derecho a defender sus decisiones y la oposición tiene el deber de fiscalizarlas. El Congreso debe exigir los decretos, sus fundamentos y los antecedentes de cada concesión. La indignación necesita documentos para convertirse en control democrático. Y el ministro necesita argumentos precisos para responder por su firma.
Después de cada firma hay alguien que recupera antes su libertad. El Estado debe poder mirar a los ojos a quienes sufrieron el delito y explicarles por qué.
Fuente: Ex-Ante

Médico Cirujano, especialista en Medicina Interna de la U. de Chile. MSc en Epidemiología Clínica por la Universidad McMaster de Canadá. Académico del Departamento de Administración UC. Ministro de Salud en dos períodos (2010-2014 / 2019-2020).