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Constitución y seguridad

17 de abril del 2023


Constitución y seguridad

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Como cada año, el 8M nos permite centrarnos en la situación de la mujer, los logros alcanzados en reconocimiento de su justo sitial en la sociedad, y relevar los desafíos que aún dificultan la plena igualdad de derechos y oportunidades que

La seguridad ciudadana se ha convertido en un tema fundamental en la vida de las personas y en el funcionamiento de la sociedad, tal como lo revela una reciente encuesta de Plaza Pública CADEM (2 de abril ), donde el 71% de los encuestados considera que la delincuencia debe ser el área prioritaria del gobierno. En este contexto es crucial que la Constitución, como ley fundamental de la República, establezca los principios y lineamientos necesarios para garantizar la seguridad de los ciudadanos.

En términos generales, una Constitución debe asegurar la protección de los derechos y libertades individuales en este ámbito. Esto implica el derecho a la vida, la integridad personal, la propiedad, la privacidad, la libertad de expresión y la libertad de asociación, entre otros derechos fundamentales. Además, debe establecer los principios y objetivos que guiarán la política de seguridad del Estado, tales como la protección de la propiedad privada, la prevención del delito, la promoción de la justicia, la equidad, la transparencia y la rendición de cuentas, por mencionar algunos criterios relevantes.

Así mismo, es indispensable que una Constitución establezca la organización, funciones y límites de las instituciones encargadas de la seguridad, como Carabineros, la Policía de Investigaciones y las Fuerzas Armadas. Esto implica definir los lineamientos generales de su estructura, competencias, atribuciones, responsabilidades y mecanismos de control. Además, la Carta Magna debe promover que las instituciones de seguridad operen con profesionalismo, imparcialidad y transparencia, procurando la coordinación y colaboración entre ellas, tanto a nivel nacional como internacional.

En base a la experiencia comparada de legislaciones exitosas en materia de seguridad, -como las Constituciones de Japón, Alemania o Suecia- así como también de acuerdo a las normas propuestas por la Comisión Experta Constitucional que hemos conocido recientemente, y que apuntan en el sentido correcto, queda de manifiesto la importancia de contar con una Carta Fundamental que establezca un marco normativo sólido y garantice la protección de los derechos y libertades de las personas, al mismo tiempo que promueve una gestión eficiente y eficaz de la seguridad en el marco del Estado de derecho.

Las normas que deriven del mandato constitucional, debieran responder a una visión de Estado y, en este sentido, esa estrategia debe incluir la ciberseguridad, ya que se ha convertido en un aspecto fundamental de la seguridad del siglo XXI. Una Constitución moderna y completa debe abordar las nuevas dimensiones de la seguridad como parte de la regulación sistémica, garantizando la protección de la información, la privacidad y los derechos digitales de los ciudadanos con un énfasis mayor al que ofrece actualmente nuestra Constitución. Un ejemplo de ello lo constituye la Constitución de Estonia que establece la obligación del Estado de proteger la seguridad cibernética y la confidencialidad de la información.

Por tanto, nuestra nueva Constitución debiera incluir estos elementos esenciales, a fin de asegurar un marco jurídico sólido que, desde lo normativo, busque garantizar y priorizar el orden público y la seguridad de la población -en todas sus esferas- como deberes prioritarios del Estado, en concordancia con la protección y promoción de los principios democráticos.

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Autora: Karin Moore

Fuente: La Tercera, Página 11.

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Columna

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Constitución
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Karin Moore

Abogada U. de Chile. Master in Business Law Universidad Adolfo Ibáñez. Profesora Adjunta Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas UC.

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