15 de julio del 2022
CLAPES UC, aterrizando conceptos - Leyes de concurrencia presidencial
El quorum es el número de votos favorables que se necesita para aprobar o hacer un cambio a una ley o a la Constitución. Normal mente se requiere simple mayoría, o sea, un voto más que la opción contraria de los parlamentarios presentes en sala. Sin embargo,
El proyecto constitucional propone que ciertas leyes necesiten obligatoriamente del apoyo del Presidente de la República, lo que significa que no pueden ser impulsadas solamente por los parlamentarios.
Estas iniciativas son las que signifiquen gasto para el Estado, las relacionadas con la administración presupuestaria del Estado, incluyendo la Ley de Presupuesto, las que alteren la división política y administrativa del país, las que establezcan o modifiquen tributos, las que contraten empréstitos y las que regulen las capacidades de Defensa de la nación.
Estas leyes pueden tener su origen en un mensaje del Presidente o en una moción parlamentaria. Si es de iniciativa parlamentaria, debe tener el apoyo de un cuarto de los representantes en ejercicio y solo puede ser aprobada si durante su tramitación el Presidente entrega su patrocinio.
Este mecanismo es muy distinto a la iniciativa exclusiva que establece la Constitución actual. Hoy respecto de las materias mencionadas anteriormente y otras adicionales, solo el Presidente tiene la facultad de presentar proyectos de ley. Esto significa que las iniciativas planteadas por los parlamentarios que incluyan estas materias son desechadas. También son de iniciativa exclusiva la creación de nuevos servicios públicos empresas del Estado, el establecimiento del monto del sueldo mínimo, los procedimientos y materias de las negociaciones y las leyes de seguridad social. Las razones de esta limitación son mantener sanas las cuentas fiscales y evitar el populismo legislativo.
El mecanismo propuesto por la Convención Constituyente reduce el ámbito de las leyes es necesario el patrocinio del Presidente y reconoce una práctica que se produce mente, Hoy que los parlamentarios presentan proyectos en materias donde no tienen iniciativa, y el Presidente los hace suyos. La pregunta es si estableciendo este mecanismo en la Constitución termina incentivando o disminuyendo el populismo legislativo.
Para comprender más conceptos del Proyecto Constitucional, revisa Quo Vadis Constitución aquí
Fuente: El Mercurio - Crónica Constitucional, Página 4.