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Oportunidades y desafíos del proyecto de ley Pro Consumidor

30 de enero del 2019


El Ministerio de Economía presentó un proyecto de ley denominado “Pro Consumidor”, que modifica distintos cuerpos legales para mejorar la protección de los derechos de los consumidores. El proyecto persigue cuatro objetivos: facilitar la terminación de contratos de adhesión, garantizar el derecho a retracto en compras electrónicas, posibilitar la elección de garantía de productos, y mejorar la regulación de denegación de embarque por sobreventa. La medida más relevante, a nuestro parecer, es la modificación que busca asegurar el respeto de la garantía legal y permitir al consumidor decidir libremente entre la reparación, la devolución de lo pagado o el cambio del producto defectuoso, sin que el proveedor pueda oponerse alegando que el producto debe ser reparado conforme a sus políticas de garantía. Constituye una reforma largamente esperada en beneficio de los consumidores. Respecto a la facilitación de terminación de contratos de adhesión, el proyecto pretende que dicho proceso sea —para el consumidor— tan simple como su celebración, aumentando la efectividad de la libre elección de productos o servicios. Pero esta facilidad ya está contemplada en nuestra normativa, por ejemplo, en materia de seguros y servicios de telecomunicaciones. Resulta interesante conocer en qué otros ámbitos se podría aplicar esta nueva propuesta: por ejemplo, si el proyecto de ley considera que esta modificación tenga aplicación en contratos de isapres o de servicios educacionales. En materia de retracto de compras online, el proyecto mantiene la regulación en el caso de compras de servicios, en donde la existencia de este derecho depende de la voluntad del proveedor. Sin embargo, innova al establecer un derecho de retracto para las compras de productos, salvo que el consumidor expresamente renuncie a dicho derecho. Resulta valioso que se cree un nuevo derecho en beneficio de los consumidores, pero podemos enfrentarnos al peligro de escasa aplicación práctica si dicha renuncia se convierte en una “cláusula de estilo” al momento de comprar por internet. Finalmente, las modificaciones a los derechos del pasajero en caso de sobreventa de pasajes aéreos son importantes. Se establece un plazo de cinco días hábiles para efectuar la compensación, asunto no contemplado en nuestra legislación, además de hacerse ésta exigible cuando la salida del siguiente vuelo se produce en un plazo superior a una hora desde el vuelo sobrevendido (la norma actual permite hasta tres horas de espera). Pese a ello, el proyecto de ley reduce el monto en dinero de compensaciones por denegación de embarque en vuelos superiores a 2.500 kilómetros. Como se ve, la iniciativa contempla medidas que son beneficiosas para los consumidores, como asegurar el respeto de la garantía legal o la facilidad para terminar contratos de adhesión; y, otras que requieren ser revisadas y precisadas durante su discusión en el Congreso. Columna escrita junto a Ivette Esis (Derecho U. Autónoma); Felipe Bravo (Derecho UC);  y Sebastián Bozzo (Derecho U. Autónoma); y publicada en el Diario Financiero.
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Columna

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Políticas Públicas
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Karin Moore

Abogada U. de Chile. Master in Business Law Universidad Adolfo Ibáñez. Profesora Adjunta Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas UC.

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