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Apertura del Cruch: ¿Avance o retroceso?

6 de julio del 2017


La Comisión de Educación de la Cámara aprobó una indicación que permitiría ampliar el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, CRUCH. Para algunos se trata de un gran logro al romper finalmente este “monopolio” de universidades creadas antes de 1981, abriendo espacios para el ingreso de nuevas instituciones. La pertenencia a este Consejo ha sido objeto, históricamente, de un encendido debate. La fundada creencia de que el CRUCH goza de privilegios económicos atrae la atención de muchas universidades que se quejan de un desigual trato, por ejemplo, sobre fondos concursables. Ello adquiere mayor relevancia en el propio proyecto de ley que consagra al CRUCH como “el” vehículo para que “el Estado contribuya a la excelencia en el desarrollo de la educación superior”, “a través de los recursos que disponga la Ley de Presupuestos del Sector Público (Art.2) En tono coloquial, o usted está adentro del CRUCH o quedará definitivamente “debajo de la mesa” en la repartija de los aportes fiscales. Pero si la apertura puede considerarse un paso valioso para desterrar arbitrarias exclusiones, no deja de llamar la atención algunas de sus exigencias. ¿Qué razón hay para fijar una fecha de antigüedad mínima de 15 años? ¿Es que calidad y antigüedad son sinónimos? A los futuros entrantes se les pide formar parte del sistema único de admisión (SUA), que controla el mismo CRUCH. ¿Supone ello que el CRUCH se abrirá a la participación de nuevas universidades en el SUA, en circunstancias de que se ha negado antes a admitir a alguna de ellas? Se señala que las universidades deben poseer “una forma de gobierno que contemple la participación deliberativa de estudiantes y académicos” y que deben “contar con una carrera académica que regule en términos objetivos y en base al juicio de pares, la admisión, evaluación y exclusión de la universidad”. Siendo deseables ambos fines, es muy vaga la frase de “participación deliberativa” y es complejo calificar la idoneidad del modelo de carrera académica que se da sí misma una universidad que goza de autonomía. Además ¿quién hará de juez en la evaluación? ¿Un ente independiente? Según la indicación, será el propio CRUCH. Por otro lado, se exige que la universidad esté adscrita al régimen de gratuidad. Absurdo. Es sabido que el esquema de gratuidad, que el propio proyecto de ley define en detalle, dejará fuera a muchas universidades de calidad que no tienen cómo hacer frente a insalvables brechas financieras. Simplemente, no podrán entrar. Pero la mayor inconsistencia, sin duda, es pedir 5 años de acreditación. El actual CRUCH tiene dos universidades no acreditadas y 9 con menos de 5 años. ¿Se les va a dar un plazo a estas universidades para cumplir con los 5 años de acreditación? Sería lo justo. Y si no cumplen, ¿deberán marginarse? La respuesta es obvia. No, porque si bien no tienen derechos adquiridos por calidad, son más antiguas, aunque el argumento no vale para las dos universidades estatales creadas recientemente. En consecuencia, si bien la apertura del CRUCH es una medida oportuna en un sistema diverso dónde hay buenas instituciones excluidas de este foro universitario, es poco coherente poner exigencias desmedidas cuando no contradictorias. Tal como queda la indicación, adquiere un sabor más en línea de una nueva defensa de intereses corporativos para mantener el statu quo, que un genuino deseo de pensar el sistema universitario como uno solo, que atienda solo a la calidad, innovación, e integración social, como factores de diferenciación entre universidades. Columna publicada en La Tercera.
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Educación
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Carlos Williamson

Ingeniero Comercial UC y Master of Arts de la Universidad de Chicago, EE.UU.

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